Calculadora de Regalía Pascual (Salario de Navidad) en República Dominicana

Calcula tu regalia pascual o salario de Navidad en Republica Dominicana: la doceava parte de lo devengado en el ano, proporcional al tiempo trabajado y exenta de ISR.

Completa los datos para ver el calculo.

Preguntas frecuentes

Como se calcula la regalia pascual?

Es la doceava parte del total de salarios ordinarios del ano; si trabajaste el ano completo, equivale a un mes de salario.

Cuando debe pagarse?

A mas tardar el 20 de diciembre.

La regalia pascual paga ISR?

No, esta exenta del impuesto sobre la renta.

Y si no trabaje todo el ano?

Se paga proporcional a los meses trabajados.

Base legal y fuentes

Codigo de Trabajo Art. 219, Ministerio de Trabajo.

Notas: la regalia es la doceava parte del total de salarios ordinarios devengados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, y debe pagarse antes del 20 de diciembre. Exenta de ISR. Si el salario vario, usa el promedio. No incluye horas extras. Estimado, no asesoria legal.

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¿Cómo se calcula la regalía pascual en República Dominicana?

La regalía pascual, también conocida como salario de Navidad o salario número 13, es un derecho irrenunciable de todo trabajador dominicano. Su cálculo es sencillo pero tiene matices que muchos desconocen.

La fórmula básica: Se suman todos los salarios ordinarios devengados durante el año calendario (del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso) y se dividen entre 12. Si el empleado trabajó los 12 meses completos, la regalía equivale exactamente a un mes de salario.

Para empleados con tiempo parcial: Si el trabajador no completó el año, la regalía se calcula de forma proporcional. Por ejemplo, si trabajó 6 meses con un salario de RD$30,000, la regalía sería: (RD$30,000 x 6) / 12 = RD$15,000.

¿Qué incluye el salario ordinario? Incluye el salario base y las comisiones regulares. No incluye horas extras, bonificaciones extraordinarias ni pagos ocasionales. Si el salario varió durante el año, se usa la suma real de todos los salarios devengados, no un promedio.

¿Qué dice la ley sobre la regalía pascual?

El Código de Trabajo (Ley 16-92) regula la regalía pascual en los artículos 219 al 221:

Artículo 219: Establece que todo empleador está obligado a pagar al trabajador, dentro del plazo comprendido entre el día 9 y el 20 de diciembre de cada año, la duodécima parte del salario ordinario devengado por el trabajador en el año calendario.

Artículo 220: Aclara que para empleados que no han trabajado todo el año, el pago es proporcional al tiempo trabajado. Esto protege a quienes fueron contratados a mitad de año o a quienes renuncian antes de diciembre.

Artículo 221: Establece que la regalía pascual está exenta del Impuesto Sobre la Renta. Además, especifica que no se puede compensar con ningún otro beneficio o pago. Es un derecho independiente y adicional a cualquier otro beneficio laboral.

La exención del ISR aplica hasta el monto equivalente a la escala exenta vigente. En 2026, los primeros RD$416,220 de la regalía están completamente libres de impuestos, lo cual cubre a la gran mayoría de los trabajadores dominicanos.

Ejemplo práctico de cálculo de regalía pascual

Caso 1: Empleado con año completo. María gana RD$30,000 mensuales y trabajó los 12 meses. Regalía = (RD$30,000 x 12) / 12 = RD$30,000. Como está por debajo de RD$416,220, no paga ISR. Recibe los RD$30,000 completos.

Caso 2: Empleado con tiempo parcial. Carlos fue contratado el 1 de mayo y gana RD$25,000. Ha trabajado 7 meses (mayo a noviembre). Regalía = (RD$25,000 x 7) / 12 = RD$14,583.33.

Caso 3: Empleado con salario variable. Ana gana un salario base de RD$20,000 más comisiones. Sus salarios mensuales fueron: RD$25,000, RD$28,000, RD$22,000, RD$30,000, RD$27,000, RD$25,000, RD$29,000, RD$26,000, RD$31,000, RD$24,000, RD$28,000, RD$27,000. Total = RD$322,000. Regalía = RD$322,000 / 12 = RD$26,833.33.

Errores comunes al calcular la regalía pascual

1. No incluir las comisiones regulares. Las comisiones que forman parte habitual de la remuneración del trabajador deben incluirse en el cálculo. Excluirlas reduce ilegalmente el monto de la regalía y puede generar demandas laborales.

2. No prorratear para empleados parciales. Un error frecuente es no pagar regalía a empleados contratados a mitad de año. La ley es clara: todo trabajador tiene derecho a la proporción correspondiente, incluso si solo trabajó un mes.

3. Pagar fuera de plazo. El Código de Trabajo establece que la regalía debe pagarse entre el 9 y el 20 de diciembre. Pagar después del 20 de diciembre expone al empleador a sanciones del Ministerio de Trabajo y a reclamaciones del empleado con recargos.

4. Intentar compensar la regalía con otros pagos. Algunos empleadores intentan incluir la regalía dentro del salario mensual o compensarla con bonos de fin de año. Esto es ilegal según el artículo 221 del Código de Trabajo: la regalía es un derecho separado e independiente.

Preguntas frecuentes sobre la regalía pascual

¿Tengo derecho a regalía si renuncié antes de diciembre?

Sí. Al momento de la liquidación de tus prestaciones laborales, el empleador debe incluir la regalía proporcional al tiempo trabajado en el año en curso. Este derecho aplica tanto si renuncias como si eres desahuciado.

¿La regalía pascual paga ISR?

La regalía está exenta del ISR según el artículo 221 del Código de Trabajo. Sin embargo, si el monto supera la escala exenta del ISR (RD$416,220 en 2026), el excedente podría estar sujeto a retención. En la práctica, esto solo afecta a empleados con salarios superiores a RD$416,220 mensuales.

¿Qué pasa si la empresa no puede pagar la regalía?

La obligación de pago es irrenunciable. Si la empresa no paga, el trabajador puede presentar una demanda ante el Ministerio de Trabajo. El empleador enfrentará el pago de la regalía más recargos e indemnizaciones. En casos graves, el Ministerio puede imponer multas administrativas.

¿Los empleados domésticos reciben regalía?

Sí. La Ley 103-99 sobre el trabajo doméstico establece que los trabajadores del hogar tienen derecho a la regalía pascual en las mismas condiciones que cualquier otro trabajador. El monto se calcula de la misma forma: la doceava parte del salario devengado en el año.

¿Se incluyen las horas extras en el cálculo?

No. La regalía se calcula exclusivamente sobre el salario ordinario. Las horas extras, bonificaciones extraordinarias y pagos ocasionales no se incluyen en la base de cálculo, según la interpretación constante de la Suprema Corte de Justicia.

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