Calculadora de Nómina y TSS en República Dominicana

Calcula cuanto se descuenta al empleado y cuanto aporta la empresa a la Seguridad Social en Republica Dominicana, con el costo total de la nomina. Tasas y topes 2026 (Resolucion TSS 01-2025).

Escribe el salario bruto para ver el desglose.

Preguntas frecuentes

Cuanto aporta el empleado a la TSS?

5.91% de su salario (AFP 2.87% + SFS 3.04%).

Cuanto aporta el empleador?

Cerca del 16%: AFP 7.10%, SFS 7.09%, SRL ~1.10% e INFOTEP 1%.

El Seguro de Riesgos Laborales lo paga el empleado?

No, lo cubre 100% el empleador.

Hay topes de cotizacion?

Si: AFP RD$464,460, SFS RD$232,230 y SRL RD$92,892 mensuales.

Base legal y fuentes

Tasas y topes segun la Resolucion 01-2025 de la Tesoreria de la Seguridad Social (Ley 87-01).

Notas: topes 2026: AFP RD$464,460, SFS RD$232,230, SRL RD$92,892. El SRL varia entre 1.10% y 1.30% segun el riesgo (usamos 1.10%). INFOTEP (1%) sobre la nomina total. ISR del empleado se calcula aparte. Estimado, no asesoria fiscal.

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¿Cómo se calcula la nómina con TSS en República Dominicana?

Cuando una empresa contrata a un empleado en República Dominicana, el costo real va mucho más allá del salario acordado. La nómina incluye los aportes obligatorios del empleador a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), que representan aproximadamente un 16% adicional sobre el salario bruto.

Paso 1: Aportes del empleador a la TSS. El empleador debe pagar el 7.10% para el fondo de pensiones (AFP), el 7.09% para el Seguro Familiar de Salud (SFS) y entre 1.10% y 1.30% para el Seguro de Riesgos Laborales (SRL), dependiendo de la clasificación de riesgo de la empresa. En total, los aportes patronales a la TSS suman entre 15.29% y 15.49% del salario bruto.

Paso 2: INFOTEP. Además de la TSS, todo empleador debe aportar el 1% del salario al Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), según la Ley 116-80. Este aporte se paga junto con la TSS.

Paso 3: Provisiones obligatorias. Aunque no se pagan mensualmente a la TSS, el empleador debe provisionar la regalía pascual (8.33% mensual), las vacaciones (4.17% mensual) y, en algunos casos, el preaviso y la cesantía. Estas provisiones representan un costo adicional real que todo negocio debe contemplar.

¿Qué dice la ley sobre los aportes patronales?

La Ley 87-01 del Sistema Dominicano de Seguridad Social establece en su artículo 44 las tasas de cotización tanto para empleados como para empleadores. Las tasas actuales están vigentes desde la fase final de implementación del sistema.

Los topes de cotización para 2026, según la Resolución 01-2025 de la TSS, son: AFP sobre un máximo de RD$464,460 mensuales, SFS sobre RD$232,230 y SRL sobre RD$92,892. Esto significa que para salarios muy altos, el costo porcentual de la TSS disminuye proporcionalmente.

El Código de Trabajo (Ley 16-92) establece las demás obligaciones del empleador: regalía pascual (Art. 219-221), vacaciones (Art. 177-183), preaviso (Art. 76) y cesantía (Art. 80). Estos beneficios son irrenunciables y cualquier acuerdo que los limite es nulo de pleno derecho.

Ejemplo práctico del costo total de un empleado

Supongamos que contratas a un empleado con un salario bruto de RD$35,000 mensuales.

Aportes TSS del empleador: AFP = RD$35,000 x 7.10% = RD$2,485.00. SFS = RD$35,000 x 7.09% = RD$2,481.50. SRL = RD$35,000 x 1.10% = RD$385.00. Total TSS patronal = RD$5,351.50.

INFOTEP: RD$35,000 x 1% = RD$350.00.

Costo mensual directo: RD$35,000 + RD$5,351.50 + RD$350.00 = RD$40,701.50 (16.3% más que el salario).

Provisiones mensuales: Regalía pascual = RD$2,916.67 (8.33%). Vacaciones = RD$1,459.50 (4.17%). Si incluyes provisiones, el costo real mensual sube a aproximadamente RD$45,077.67, un 28.8% más que el salario acordado.

Errores comunes al calcular la nómina

1. No aplicar los topes de cotización. Si un empleado gana RD$500,000 mensuales, la AFP no se calcula sobre los RD$500,000 completos sino sobre el tope de RD$464,460. Aplicar la tasa sobre el salario completo genera un sobrepago a la TSS.

2. Olvidar el SRL y el INFOTEP. Muchos empresarios solo calculan AFP y SFS, pero el Seguro de Riesgos Laborales y la contribución al INFOTEP son igualmente obligatorios. Omitirlos genera deudas con la TSS que acumulan recargos del 5% mensual.

3. No provisionar la regalía y las vacaciones. Estos costos son predecibles y obligatorios. No provisionarlos mensualmente genera un impacto financiero fuerte en diciembre (regalía) y cuando el empleado toma vacaciones.

4. Confundir el costo del empleado con el salario. Al presupuestar una contratación, el salario bruto es solo el punto de partida. El costo real para la empresa incluye TSS patronal, INFOTEP y provisiones de prestaciones, sumando entre un 25% y 30% adicional.

Preguntas frecuentes sobre nómina y TSS

¿Cuándo se paga la TSS?

La TSS se paga mensualmente a través del Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR) de la Tesorería de la Seguridad Social. El plazo es dentro de los primeros 3 días laborables del mes siguiente al devengado. El pago tardío genera un recargo del 5% el primer mes y un 2% mensual adicional.

¿Qué pasa si no pago la TSS?

Además de los recargos, la empresa puede enfrentar demandas laborales si un empleado necesita servicios médicos y no está afiliado. La TSS también puede embargar cuentas bancarias de la empresa para cobrar las deudas pendientes.

¿El empleador puede descontar su parte de la TSS al empleado?

No. El artículo 47 de la Ley 87-01 prohíbe expresamente que el empleador traslade su porción de la cotización al empleado. Hacerlo constituye una violación laboral sancionable.

¿Los empleados a medio tiempo pagan TSS?

Sí. Todo empleado bajo contrato de trabajo, sin importar la jornada, debe estar inscrito en la TSS. Los aportes se calculan proporcionalmente sobre el salario efectivamente devengado.

¿Cómo afecta la TSS a los contratos por servicios?

Si la relación es de prestación de servicios independientes (con NCF de persona física), no se paga TSS. Pero si el Ministerio de Trabajo determina que existe una relación de dependencia laboral encubierta, la empresa deberá pagar todas las cotizaciones retroactivamente con recargos.

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